La Sección 26 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un capitán del Ejército de Tierra a once años y medio de prisión por el asesinato de su esposa, ocurrido en noviembre de 2023 en el domicilio familiar de la capital. La sentencia se dicta tras el veredicto emitido por un tribunal del jurado, que consideró probado que el acusado causó la muerte de la víctima durante una discusión mantenida en la vivienda que compartían con sus dos hijos menores.
Además de la pena de once años de prisión por un delito de asesinato, el tribunal impone otros seis meses de cárcel por las lesiones psíquicas causadas a la hija menor de la pareja, quien presenció la agresión.
Según recoge la resolución judicial, la relación matrimonial se había deteriorado progresivamente durante los años anteriores debido a desacuerdos familiares y relacionados con la educación de los hijos. Un mes antes de los hechos, la mujer había iniciado los trámites de divorcio.
La jornada del 25 de noviembre de 2023 transcurrió inicialmente en un parque temático de Madrid junto a familiares de la víctima. Sin embargo, una discusión surgida durante el día continuó posteriormente durante el regreso al domicilio y terminó desencadenando los hechos que acabarían con la vida de la mujer.
El jurado consideró acreditado que el acusado actuó de manera sorpresiva, sin que la víctima pudiera defenderse eficazmente, circunstancia que llevó al tribunal a apreciar la existencia de alevosía y, por tanto, a calificar los hechos como un delito de asesinato.
La mujer fue atendida de urgencia tras la agresión y trasladada a un centro hospitalario, donde permaneció ingresada en estado crítico. Finalmente falleció dos días después como consecuencia de las lesiones sufridas.
La menor presenció los hechos
Uno de los aspectos más relevantes del procedimiento fue la presencia de la hija menor durante la agresión. El tribunal considera acreditado que la niña sufrió importantes secuelas psicológicas derivadas de haber presenciado directamente los hechos, motivo por el que se condena también al acusado por un delito de lesiones psíquicas.
Por el contrario, no quedó probado que el otro hijo menor de la pareja fuera testigo de la agresión.
Atenuantes y eximente incompleta
La sentencia aprecia una eximente incompleta de trastorno mental al considerar probado que el acusado presentaba una alteración relevante de sus facultades en el momento de los hechos, aunque sin llegar a anular completamente su capacidad de comprensión y control.
Asimismo, el tribunal tiene en cuenta las atenuantes de confesión y reparación del daño. Entre otros aspectos, se valora que el condenado alertó a los servicios de emergencia tras lo ocurrido y que consignó más de 287.000 euros para hacer frente a las responsabilidades civiles derivadas del procedimiento.
Prohibición de acercarse a sus hijos
Además de las penas de prisión, la Audiencia Provincial de Madrid impone al condenado la prohibición de aproximarse o comunicarse con sus hijos durante trece años, así como la privación del ejercicio de la patria potestad durante ese mismo periodo.
La resolución judicial no es firme y podrá ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.